
Foto: Ltrece Motoclassic Lambretta Bogotá
Los compañeros de Ltrece Motoclassic Lambretta Bogotá nos comparten este mensaje de la secretaría de Movilidad de Bogotá:
Buenas noches señores. Hoy reunido con Movilidad por medio del presente me permito remitir respuesta a la medida implantada.
Cordial Saludo Sr Cesar Rodríguez
En lo que respecta al tema de motos de dos tiempos, me permito informarle:
Sabemos que el parque de motos de 2 tiempos genera unos niveles de contaminación entre 5 y 15 veces mayores que el de 4 tiempos, por ello debe mantenerse la disposición que lo restringe (Decreto 035 de 2009). Esta restricción se aplicará progresivamente teniendo como horizonte la defensa del ambiente de los casi 8 millones de Bogotanos. (Más…)
NO HAY DE QUE PREOCUPARSE
El tema del retiro de las motos de dos tiempos en Bogotá es un mito y mal entendido.
Aparte tomado del decreto 035 de 2009
Artículo 4º. Restricción por tecnología de motor. A partir del 1º de Abril de
2009, no podrán registrarse en el Distrito Capital, motocicletas, moto triciclos,
cuatrimotos, motociclos, ciclomotores y motocarros ni ciclomotores propulsados
por motores de ciclo de dos (2) tiempos.
Restringir el tránsito de motocicletas, motociclos y ciclomotores propulsados por
motor de ciclo de dos (2) tiempos dentro del Distrito Capital, una vez transcurridos
dos (2) años de la vigencia del presente Decreto. Las Secretarías de Ambiente y
Movilidad dispondrán los mecanismos de control que deban implementarse para la efectividad de la medida.
como es evidente este articulo que es el único del decreto 035 que hace referencia a las motos de dos tiempos especifica que por temas de control ambiental desde el 1 de abril de 2009 no se podrán matricular en Bogotá vehículos con esta tecnología, y en su segundo párrafo describe: Restringir el transito de vehículos de dos tiempos, y disponer mecanismos de control que deban implementarse para la efectividad de la medida.
Con todos los vacios de hecho y de derecho de este párrafo, se entiende que los organismos del distrito como la secretaria de movilidad y medio ambiente deben implementar medidas de control para que los vehículos de esta tecnología cumplan con los parámetros ambientales, o de lo contrario restrinja su transito.
Es decir, el decreto 035 de 2009 en ninguno de sus seis artículos especifica que se prohibida la circulación, se recoja, se retire de circulacion y/o chatarrice este parque automotor o vehículos de esta tecnología en Bogotá, solo describe que se desarrollaran restricciones de transito como la medida de la revisión tecno mecánica, el posible pico y placa que de hecho el alcalde no aprobó, alguna restricción de tipo horaria o de ciertas vías o lugares ambientales que hasta ahora tampoco aprobó el alcalde y otras posibles medidas que permitan que no se afecte el medio ambiente por la tecnología de dos tiempos.
Lo que ocurrió con este BUM, es que los medios de comunicación y algunas personas no tienen claro y han mal interpretado específicamente el articulo 4 de esta ley y tergiversan la información, hoy 16 de febrero en que supuestamente de acuerdo al mal entendido se iniciaría la restricción a la circulación de motos dos tiempos, No hubo ningún inconveniente ni operativo con los propietarios de estas motos.
Se que desde octubre del año pasado hay mesas de trabajo entre lideres de clubes de moteros y delegados de la secretaria de movilidad para poder reformar o derogar el decreto 035 de 2009 en el cual el tema principal no son las motos de tecnología dos tiempos, sino las restricciones aplicadas a todas motos referente al tema de circular con pato por el carril de velocidad, el no permitir como parrilleros a niños menores de 10 años y madres embarazadas entre otros.
De acuerdo a mis investigaciones con los organismos de control, movilidad, secretaria de ambiente y con las autoridades de transito y policía a la fecha de hoy todo sigue igual con respecto a las motos de tecnología dos tiempos y cuatro tiempos, con la única restricción de cumplir en materia de movilidad y de medio ambiente con la revisión anual tecnomecanica y emisiones de gases de acuerdo a la ley .
Saludos.
MARTIN BRITO